Honorarios

En el caso de honorarios por remates judiciales, lo propone el Martillero Público al momento de hacer su apersonamiento, le corre traslado al Demandante, quien es el responsable del pago de dichos honorarios. Si es observado, lo puede regular el Magistrado del proceso, y si es rebajado del importe propuesto, es facultad del Martillero Publico, evaluar si cubrirará sus gastos de organización y realización del remate solicitado, caso contrario podrá solicitar su subrogación de la designación.