CONDICIONES Y REQUISITOS PARA LOS POSTORES EN REMATES JUDICIALES VIRTUALES. – RJV A NIVEL NACIONAL.
1.1. También puede hacerlo mediante transferencia solo podrá hacer en efectivo a la cuenta personal de la Martillera Publica, en el banco que el postor le convenga, este estará sujeto a la validación para la inscripción como postor. El importe no podrá ser menor del 10% del valor de tasación el bien a subastarse. Pero si puede ser mayor. De no resultar ganador, o suspnderse o frustrase el remate, el importe se le devolvera a mas tardar al dia siguiente habil, a la cuenta que el postor envie, bajo responsabiliadad de la Martillera Publica, por la demora.
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REQUISITOS Y CONDICIONES PARA PARTICIPAR EN UN REMATE JUDICIAL PRESENCIAL
1. ¿Para participar en un remate judicial presencial, cual son los requisitos y condiciones?
1.1 Si es persona natural
1.1.1. Original y fotocopia del DNI
1.1.2.Oblaje (Garantía) que puede ser en efectivo o en cheque de gerencia a su nombre y sin el sello de NO NEGOCIABLE, y no será menos del 10% del precio DE TASACION.
1.1.3. Original y fotocopia del Arancel judicial de código 07153 por derecho a participar en el remate, el mismo que se adquiere en el Banco de la Nación. El arancel debe contener el número del DNI del participante, el número del expediente y el nombre del Juzgado. (Recomendación antes de retirarse de la ventanilla, verifique bien los datos, caso contrario no podrá participar en el remate).
1.2 Si es persona jurídica
1.2.1 Original y fotocopia del Poder por escritura pública con una antigüedad no mayor de 60 días, y con facultades para participar en remates.
1.2.2 Fotocopia del RUC
1.2.3 Original y fotocopia del Arancel judicial indicando el número del RUC
1.2.4 Original y fotocopia del DNI.
1.2.5 El oblaje igual como está indicado para las personas naturales.
2. ¿A dónde me presento con los requisitos?
En el lugar donde se va a llevar a cabo el remate y está indicado en el aviso publicado, es recomendable estar una media hora antes.
3. ¿A quién le entrego los requisitos?
La Martillera Publica una vez que ha leído el aviso judicial, llama a los postores que están interesados a participar en el remate, y es el momento de entregar los requisitos.
4. ¿Cómo se hacen las propuestas?
Se hacen a viva voz y levantando la mano.
5. ¿En qué momento la Martillera Pública adjudica?
Si al realizar el primer llamado nadie lo mejora la propuesta, al segundo llamado lo adjudicara.
6. ¿Si no me adjudico, pierdo el oblaje?
NO, el oblaje le es devuelto inmediatamente concluido el remate judicial.
7. ¿El arancel judicial también se me devuelve?
NO, el Martillero Publico lo retiene, y será entregado al Poder Judicial.
8. ¿Si me adjudico el bien, en qué momento pago la diferencia del 90% restante del oblaje?
Si es bien mueble, el pago lo hace de inmediato concluido el acto de remate.
Si es bien inmueble, dentro de los tres días hábiles posteriores al remate.
9. ¿Hay algún derecho que pagar independientemente del arancel judicial por derecho de participación en el remate, si me adjudico el bien?
SI, la COMISION de la Martillera Publica que es de acuerdo a la Tabla de Aranceles, indicado en el Art. 18 del Decreto Supremo N° 008-2005-JUS, y esta afecto al IGV. El cual se le extenderá un comprobante de pago (Factura o Boleta).
10. ¿Posteriormente al pago de la comisión de la Martillera Pública, hay algún otro derecho que pagar?
SI, un arancel judicial con código 07455 por derecho de saneamiento y expedición de partes judicial, que es el equivalente al 1% del valor de adjudicación.
Para más información puede ponerse en contacto por vía electrónica o telefónica con una asesora de servicios.