Lima, 06 de Enero de 2025
TARIFA DE COMISION PARA LA MARTILERA PÚBLICA
CONCEPTO COMISION
Por bienes cuyo precio de adjudicación no sobre pase las 25 UIT. 5% mas IGV
Por bienes cuyo precio de adjudicación, sobre pase los 25 UIT Hasta los 50 UIT.………………….. 3% mas IGV
Por bienes cuyo precio de adjudicación, sobre pase los 50 UIT hasta los 100 UIT.…………………….. 2% mas IGV
Por bienes cuyo precio de adjudicación sobre pase los 100 UIT. 0.5% mas IGV
Base legal: Art. 18 del Decreto Supremo N° 008-2005-JUS
Notas:
- Las comisiones se fijan en base al precio que se adjudicó, y son por cuenta del Adjudicatario - comitente (comprador).
- El tipo de cambio para la moneda extranjera, será el que rige para ese día enviar el sistema paralelo del mercado.
- El importe de la Unidad Impositiva Tributaria – UIT para el 2025, es de S/5,350.00 Soles.
Administración.
- Art. 271. Carácter oneroso de la comision. El comitente - adjudicatario, (comprador) estará obligado a abonar al comisionista (vendedor) el premio de la comisión, salvo pacto en contrario. "Ninguna autoridad puede regular la comisión", porque está literal y expresamente señalada en la norma indicada"
- La comisión no podrá ser modificada, salvo acuerdo entre el comitente y el comisionista.